
¿Estás pensando opositar a Celador del SAS? ¡Este post te puede interesar!
Tanto si estás empezando a opositar como si ya estás opositando al cuerpo de celador del SAS, debes saber que este es un proceso selectivo del tipo concurso-oposición. La fase de oposición es la parte teórica que hay que preparar para superar una prueba tipo test, una vez aprobada este apartado se pasa a la fase de concurso en el que se deben presentar los puntos o méritos baremables obtenidos por cada aspirante.
Los cursos o formaciones realizadas se pueden presentar como méritos, pero no todos cuentan, a continuación, te contamos qué requisitos deben tener los cursos para que puntúen en este procedimiento y cuáles podrías realizar.
Cursos baremables para Celador/a del SAS
Para redactar este post hemos tomado como referencia el baremo de méritos de una de las últimas convocatorias (OEP 2021-2022). Según indica en la misma, los cursos baremables deben cumplir los siguientes requisitos:
Otras titulaciones académicas.
Por estar en posesión de otras titulaciones académicas correspondientes a los niveles 4 y 5 del Marco europeo de cualificaciones para el aprendizaje permanente, siempre que sean de igual o superior nivel académico a la exigida para acceder a la categoría y esté relacionada con el programa de materias que rigen las pruebas selectivas: 4 puntos por cada titulación.
Asistencia, debidamente justificada, a actividades formativas que guarden una relación directa y proporcionada a las exigencias de los puestos de trabajo propios de la categoría y en su caso especialidad a la que se concursa.
Formación continuada impartida por centros universitarios. Formación Permanente impartida por Centros Universitarios bajo la denominación de cursos, diplomas o certificaciones de extensión universitaria, programas de desarrollo profesional y personal o equivalente cuyos contenidos estén directamente relacionados con la correspondiente categoría/especialidad.
Por la asistencia, debidamente justificada, a actividades formativas que guarden una relación directa y proporcionada a las exigencias de los puestos de trabajo propios de la categoría y en su caso especialidad a la que se concursa. Por la asistencia a actividades formativas, que hayan sido organizadas e impartidas por los siguientes organismos públicos:
a) Servicios de Salud o Consejerías de Salud de las Comunidades Autónomas, Ministerio competente en materia de Sanidad, Escuelas de Salud Pública y otras Entidades de los Sistemas Sanitarios Públicos acreditadas como centros para la formación continuada para las profesiones sanitarias adscritas a cualquiera de los organismos citados.
b) Consejería o Ministerio competente en materia de Administraciones Públicas e Institutos de Administración Pública adscritos a los organismos citados, Consejería o Ministerio competente en materia de Empleo, Instituto Nacional de Empleo o Servicio de Empleo de las Comunidades Autónomas o las entidades del sector público a ellas adscritos.
c) Otras Administraciones Públicas o las entidades del sector público a ellas adscritos diferentes de las incluidas en el epígrafe b) anterior.
d) Por Organizaciones Sindicales presentes en el sector sanitario o sus fundaciones acreditadas para la formación dentro de los Planes de Formación de la Administración Pública.
e) Por Corporaciones Profesionales Sociedades Científicas presentes en el sector sanitario de ámbito estatal o sus Sociedades Autonómicas legalmente constituidas en el ámbito del ejercicio profesional de la categoría objeto de la convocatoria.
f) Corporaciones Locales o las entidades del sector público a ellas adscritos
g) Asociaciones sin ánimo de lucro entre cuyos fines esté la formación.
h) Fundaciones Privadas entre cuyos fines esté la formación.
Haciendo clic aquí puedes consultar las bases de la convocatoria 2021-22
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