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Cursos gratuitos para trabajadores – Formación bonificada

PREGUNTAS FRECUENTES

En nuestro país, todas las empresas en las que los trabajadores/as cotizan por formación en sus nóminas, tienen una asignación anual en concepto de crédito para la formación. Dependiendo del número de trabajadores/as de la empresa (condición para calcular el crédito disponible) la formación podría llegar a ser prácticamente gratuita.

Serán bonificables las acciones formativas relacionadas con la actividad que se lleve a cabo en la empresa. Estas acciones formativas se realizarán con el objetivo de adquirir nuevos conocimientos, o mejorar las competencias y cualificaciones profesionales de los trabajadores/as. Deberán, además, cumplir unos requisitos de duración y número de participantes, los cuales se recogen en la normativa.

Dependiendo del número de trabajadores/as de la empresa y del número de personas que vayan a realizar la formación, ésta podría llegar a ser 100% bonificada. Es decir, la empresa no tendría que abonar nada. En caso de no cumplirse estas condiciones a la empresa se le aplicaría una cofinanciación.

El crédito disponible para la empresa se calcula a partir de dos variables: la cotización de la empresa en concepto de Formación Profesional en el año anterior y el número de trabajadores/as, ambos disponibles en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). No obstante, en INAFE podemos comprobar tu crédito disponible.

Las obligaciones que debe cumplir una empresa para poder beneficiarse del sistema de cursos bonificados son:
– Estar al corriente de sus obligaciones en Hacienda y Seguridad Social.
– Garantizar a los trabajadores/as la formación sin coste alguno para ellos/as.
– Mantener la documentación acreditativa de los cursos durante el periodo que marque la normativa.
– Identificar contablemente los gastos derivados de la formación si los hubiera.
– Estar disponible ante las acciones de seguimiento y control por parte de las instituciones oficiales.

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